POR EL CUAL SE MODIFICA Y ADICIONA EL CAPÍTULO 3, TÍTULO 1, PARTE 2, LIBRO 2 DEL DECRETO NÚMERO 1079 DE 2015, EN RELACIÓN CON LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR INDIVIDUAL DE PASAJEROS EN LOS NIVELES BÁSICO Y DE LUJO.
POR LO CUAL SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS EN LAS RELACIONES ENTRE EL REMITENTE Y/O GENERADOR, LA EMPRESA DE SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR DE CARGA Y EL PROPIETARIO DEL VEHICULO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.
POR EL CUAL SE FIJA LA RED NACIONAL DE CARRETERAS A CARGO DE LA NACIÓN INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS Y SE ADOPTA EL PLAN DE EXPANSIÓN DE LA RED NACIONAL DE CARRETERAS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.